¿Cómo reclamo si me traen tarde los muebles, me pierden algo o me lo rompen?
Madrid – Tres Cantos – Mudanzas – Guardamuebles – Transportes Especiales
Los meses de verano son los meses en los que los españoles más nos mudamos. el trabajo de las empresas dedicadas empaquetar y transportar nuestra vida de una casa a otra crece hasta un 20% en los meses estivales y, con tanto trabajo y tantas prisas, las cosas no siempre llegan en condiciones idóneas a nuestro nuevo hogar.
Si la compañía elegida para la mudanza no ha satisfecho nuestras expectativas, o ha habido desperfectos durante el servicio, es el momento de reclamar. lo primero es poner los daños en conocimiento de la empresa. en ocasiones ellas mismas peritan y abonan la rotura de muebles y objetos personales.
De acuerdo con la ley, los portes deben estar asegurados con lo que se harían cargo de los desperfectos en el caso de que los haya, según explica en su web la federación española de empresas de mudanzas (fedem), que representa a 195 empresas del sector, 4.500 trabajadores y 1.800 vehículos.
La compañía de mudanzas tiene la obligación de firmar un seguro de responsabilidad civil con el cliente y a indemnizarle si se produce algún desperfecto o se pierde algún objeto. para ello, la reclamación se tiene que hacer 24 horas después, si el objeto está embalado, o en el momento que se produzca, si está a la vista.
Además, en el caso de que se trate de un retraso en la entrega o un incumplimiento de contrato, la empresa también deberá responder, siempre y cuando quede probado que la responsabilidad es suya
Por las malas
¿Y qué hago si no me hacen caso? Lo primero, mantener la calma. Para llegar a un acuerdo, es mejor tragar saliva y mostrarse colaborativo explicando bien cómo sucedió el incidente, quién pudo ser el responsable y cuáles fueron los daños.
En el caso de que no funcione, según apuntan desde fedem, debemos acudir a las juntas arbitrales de transporte. se trata de un organismo público que resuelve las reclamaciones del sector del transporte terrestre por un valor de hasta 12.000 euros, según la última modificación de la ley de ordenación del transporte terrestre (lott).
Estas juntas median entre cliente y empresa hasta alcanzar un acuerdo sin necesidad de acudir a los juzgados.
Sin embargo, hay compañías que incluyen una clausula en sus contratos por la que no aceptan este tipo de negociación. entonces no nos quedará más remedio que denunciar y esperar que el juez nos dé la razón.
Fuente: Idealista.com